La regla de los dos meses, con ejemplos.
Vender un valor con pérdida y recomprarlo enseguida parece una forma sencilla de aflorar una minusvalía sin salir de la posición. La normativa del IRPF lo contempla: si la recompra ocurre demasiado pronto, la pérdida no se puede computar todavía.
Es la llamada regla de los dos meses (artículo 33.5 de la Ley del IRPF). Afecta a cualquier inversor particular que opere con valores cotizados, y es uno de los tropiezos más comunes en las ventas de final de año.
Qué dice la regla
Cuando vendes valores cotizados con pérdida, esa minusvalía no se integra en tu declaración si has comprado valores homogéneos (el mismo valor, a efectos prácticos) dentro de los dos meses anteriores o posteriores a la venta.
El plazo cuenta en las dos direcciones: una compra hecha hasta dos meses antes de la venta con pérdida también activa la regla, no solo la recompra posterior. Para valores no cotizados el plazo se amplía a un año.
La pérdida no se pierde: se aplaza
La minusvalía bloqueada no desaparece. Queda aplazada hasta que vendas definitivamente los valores recomprados; en ese momento se integra en la declaración de ese ejercicio.
En la práctica, la regla no castiga: pospone. El error está en contar con esa pérdida para compensar ganancias de este año cuando en realidad no computará hasta más adelante.
Errores comunes
El clásico de diciembre: vender con pérdida a final de año para compensar plusvalías y recomprar en enero. Si la recompra cae dentro de los dos meses, la compensación de este año no procede.
El menos conocido: haber comprado más acciones del mismo valor en las semanas previas a la venta con pérdida. La regla también mira hacia atrás, y esa compra reciente bloquea la minusvalía aunque después no recompres nada.
Ejemplo con números
- Compras 100 acciones a 10 € (1.000 € de coste).
- El 10 de noviembre las vendes a 7 €: pérdida de 300 €.
- El 20 de diciembre recompras 100 acciones a 7,50 €.
- Resultado: la recompra cae dentro de los dos meses, así que los 300 € no computan en la renta de ese año. Quedan aplazados hasta que vendas definitivamente las acciones recompradas.
Cómo lo cubre RatioRank
RatioRank revisa tus movimientos y marca las ventas con pérdida que tienen una recompra dentro de la ventana de dos meses, con el importe aplazado calculado. Lo ves durante todo el año, no al hacer la declaración.
Información educativa conforme a MiFID II, no asesoramiento fiscal ni recomendación personalizada. La fiscalidad depende de tu situación personal y de la normativa vigente; para tu caso concreto, consulta con un asesor fiscal.